LA GARANTÍA POWERMATIC
1º CONDICIONES DE VENTA Y GARANTÍA
Las actuales condiciones de venta y garantía, suplantan a las anteriores. Éstas se aplicarán a todos los pedidos y ventas de materiales y/o servicios contratados con nuestra empresa POWERMATIC SEGURIDAD S.L.Unip, de ahora en adelante Powermatic. Entendemos como CLIENTE a la persona y/o empresa que, en función de sus derechos, ordenen los trabajos o servicios solicitados a nuestra empresa.
Todos los equipos de Powermatic son cuidadosamente seleccionados previamente, para garantizar sus productos y servicios. La duración de la garantía para equipos o instalaciones completamente nuevos es de 36 meses desde la fecha de venta. Todos los productos serán de propiedad de Powermatic hasta el pago completo de los servicios realizados.
La garantía incluye la reparación o la sustitución del producto considerado defectuoso según el juicio de Powermatic. Queda excluido de la garantía, cualquier otro gasto sufragado por el Cliente. El Cliente se compromete a no modificar, ni instalar equipos adicionales que puedan alterar el correcto funcionamiento de los mismos, sin previa información y validación por escrito a la dirección de Powermatic. En caso contrario, la garantía quedaría sin efecto alguno.
2º CONFIRMACIÓN Y VALIDEZ DE LOS PRESUPUESTOS.
La validez de las ofertas presentadas son de TREINTA DIAS desde su realización. Le rogamos que si desea aceptar la oferta recibida, y si está de acuerdo tanto en lo ofertado en precios como las condiciones de pago descritas, nos haga llegar este documento firmado como prueba de aceptación, ya sea a través de correo, mail o mensajería móvil para evitar cualquier tipo de duda o malentendido.
3º FORMA DE PAGO
El único modo de pago válido sería el acordado entre ambas partes, detallado y firmado en el presupuesto aceptado tanto en su forma como en su cuantía. En caso de retraso o impago en parte o totalidad de los vencimientos, dará derecho a Powermatic a cargar en cuenta los intereses moratorio a cargo del CLIENTE según establece el Real Decreto Legislativo nº231 del 9/10/2001 En caso de impago Powermatic podrá retirar los materiales o servicios instalados hasta completar el pago por completo.
4º GARANTÍA
4.1 El período de la garantía para instalaciones nuevas son de 36 meses desde su venta y/o instalación. La garantía incluye reparación o sustitución, los transportes y los desplazamientos necesarios para su cobertura. Powermatic tiene completo derecho a la reparación o sustitución de los materiales en garantía bajo el propio criterio de sus técnicos.
4.2 Se cubrirá la garantía de los materiales vendidos por mostrador visitando nuestras instalaciones. En caso de ser necesario el desplazamiento de un técnico, se cargará el coste de dicho servicio según las tarifas vigentes de nuestra empresa.
4.3 El período de garantía para reparaciones en casos de productos o instalaciones fuera del periodo de garantía original será tal y como marca la Ley del Consumidor en Europa, 3 meses tanto para los materiales sustituidos o reparados, de acuerdo a la normativa existente.
4.4 Las baterías para motores, emisores, o para cualquier otro tipo de dispositivos de control de accesos o comunicación, dispone de una garantía de 6 meses a partir de la fecha de compra; siempre y cuando se acompañe con el justificante de venta del artículo mencionado.
4.5 En ningún caso la garantía cubrirá las solicitudes de trabajos impagados o pendientes de pago.
4.6 Los fallos o averías originados por la integración de equipos procedente de otras empresas no serán cubiertos. Sirva como ejemplo la conexión a los automatismos de nuevos elementos de apertura como receptores, controles de accesos, porteros electrónicos y/o equipos de control domótico si no se han informado con anterioridad.
4.6 Cualquier tipo de regulación o ajuste que sean necesarios como consecuencia de obstáculos en la zona o movimientos del terreno nunca será cubierto como garantía. La asistenica solicitada para ajustar tiempos de trabajos en motores, tiempo de pausa no se considera garantía y se facturará al no ser considerado fallo de los equipos.
5º MANTENIMIENTO
5.1 AUTOMATISMOS EN GENERAL.
Todos los sistemas de puertas automáticas y automatismos necesitan de un mantenimiento periódico y programado obligatoriamente, este mantenimiento es necesario tanto para la seguridad de los usuarios, como para el buen funcionamiento y mayor durabilidad de los equipos. Junto con la factura debe haber recibido el manual de uso y mantenimiento, de no ser así puede solicitarlo en cualquier momento en nuestras instalaciones o en el correo sat@powermatic.es La ausencia de un mantenimiento regular y justificado invalida por completo la garantía oficial. Este mantenimiento no es gratuito y debe ser solicitado por el cliente para su correcta aplicación.
5.2 CONTROLES DE ACCESOS.
Los dispositivos de apertura y cierre electrónicos como llaves, mandos a distancia y tarjetas de proximidad, para mayor seguridad, requieren de un almacenamiento externo de datos. El mantenimiento de estas bases de datos en los servidores tienen un coste económico anual que será repercutido, sobretodo en las comunidades de vecinos y grandes instalaciones. El coste de este servicio puede variar, es por ello que le recomendamos informarse previamente sobre el mismo.
6º FUERA DE GARANTÍA
Powermatic no asume en ningún caso problemas o averías derivados de un mal uso de los productos. Los usuarios deben respetar siempre las normas de uso y la capacidad adecuada para su uso. Powermatic no responde a fallos en productos e instalaciones que posteriormente se conecten a otros dispositivos no instalados por nuestra empresa.
En ningún caso será cobertura de la garantía los gastos que sean ocasionados por los siguientes motivos.
6.1 Falta o fallo de alimentación eléctrica en los equipos.
6.2 Falta o fallo de conexión a internet de los equipos.
6.3 Robo, incendio, daños ocasionados por la entrada de agua o humedad en los equipos.
6.4 Daños en el cableado o en los equipos ocasionados por insectos, roedores o cualquier otro tipo de animales.
6.5 Ajustes, regulaciones o limpieza en los equipos necesarias para su correcto uso y mantenimiento.
7º LEY ESPAÑOLA Y FUERO COMPETENTE.
Para cualquier controversia que pueda surgir en la ejecución del contrato actual entre ambas partes, por acuerdo se someten a la jurisdicción exclusiva de las Leyes Españolas, y en exclusivo a los Tribunales de Marbella.