NORMATIVA PARA PUERTAS AUTOMÁTICAS

¿Sabes si la puerta de tu comunidad de vecinos cumple todos los requisitos que marca la normativa para puertas automáticas comunitarias?
Qué debes tener en cuenta
Lo primero es saber si la puerta se instaló antes o después de mayo del año 2005, fecha en la cual se produjeron los cambios en la ley sobre puertas de garaje comunitarias. A partir de ese año la puerta automática instalada ya sea de tipo basculanteseccionalcorrederabatiente o enrollable debe ajustarse a la normativa. Si el portón es anterior a la fecha que indicamos pero ha sufrido modificaciones en alguno de sus componentes de importancia para la seguridad, puesta en marcha, estructura, transformación de la puerta, …etc. deberá tenerse en cuenta lo siguiente:
  • Si la instalación fue anterior a mayo de 2005,  entonces solo se obligaba a cumplir con las Directivas de Máquinas (DM), Baja Tensión (DBT) y Compatibilidad Electromagnética (DCEM) vigentes del momento.
  • Y a partir de 2005 debían cumplir con la Directiva de Productos de Construcción (DPC). Lo que conlleva la obligación del marcado por la CE y conformada con los requisitos que marcaba la normativa en el momento del montaje de la puerta.
El marcado CE
La AEPA, Asociación Empresarial de Puertas Manuales y Automáticas, se encarga de informar a los usuarios y profesionales de puertas industriales y residenciales sobre la legislación relacionada con el marcado CE de las mismas. Y por ley se requiere cumplir unos criterios para la correcta aplicación del marcado CE en las puertas industrialescomerciales, de garaje y portones. Así mismo, desde AEPA velan por la seguridad de los cerramientos automáticos y manuales e informan de la documentación necesaria y exigible para cumplir la normativa vigente.marcado CE normativa puertas automáticas Partimos de que las prestaciones mecánicas de una puerta de garaje comunitaria ya deben estar aseguradas desde fábrica y posterior instalación. Deben quedar sujetas a mantenimiento para un número de ciclos de maniobra que señala el fabricante siempre de acuerdo con la norma UNE. Los responsables de las cancelas motorizadas de ‘nueva fabricación’ deben hacerse cargo de comprobar y garantizar el cumplimiento de las Directivas: DM,DBT y DCEM.
Responsabilidades en caso de accidente
En general el propietario de la puerta va a responder de los daños que esta cause a terceros conforme al artículo 1.902 del Código Civil, cuando estos se ocasionen por acción u omisión, interviniendo culpa o negligencia. El que la puerta no esté dotada de los elementos de seguridad a disposición del mercado según el estado de la técnica será considerado como negligente por los Juzgados y Tribunales, condenando al propietario, pues el baremo que se utiliza para sancionar una conducta es la del comportamiento del “buen padre de familia”, y se considerará como negligente el no adoptar aquellas medidas de seguridad al alcance del titular, sin un sacrificio notable, que hubieran impedido el siniestro. La responsabilidad se podrá deducir también en  base al artículo 1.907 del Código Civil que declara la responsabilidad del propietario del edificio que se arruina  en todo o parte por falta de las reparaciones necesarias. No obstante, si tuviéramos contratado el mantenimiento a una empresa  conservadora y ocurre un accidente, la Comunidad de Vecinos puede tratar de derivar la responsabilidad de ese siniestro al mantenedor en base al art.1.101 del Código Civil por responsabilidad contractual, demostrando que el mantenedor ha incumplido las obligaciones de su encargo o lo ha ejecutado en forma negligente, con la ventaja de que es de cargo del mantenedor el demostrar que ha cumplido con diligencia su trabajo.
Sanciones
La conducta podría incidir  en el ámbito penal en caso de imprudencia grave y resultado de muerte conforme al art. 142 del Código Penal que establece que el que por imprudencia grave causare la muerte de otro, será castigado como reo de homicidio imprudente, con la pena de prisión de uno a cuatro años. En supuestos de imprudencia leve el infractor es castigado con pena de multa. Además de la responsabilidad penal el infractor será condenado a satisfacer las responsabilidades civiles que se establezcan.
¿Es obligatorio tener suscrito un contrato de mantenimiento por el propietario de la puerta de garaje con un mantenedor?
No es obligatorio, pero nuestro servicio para las comunidades de vecinos muestra un mayor número de ventajas. La norma UNE-EN 12635:2002 + A1: 2009 remite para las operaciones de mantenimiento a las instrucciones que el  fabricante dé al respecto, y señala que  ciertos trabajos de reparación y mantenimiento deben llevarse a cabo por profesionales cualificados. La contratación de estos profesionales se puede efectuar en forma totalmente libre por el propietario, realizándola para cada acto de mantenimiento, sin necesidad de suscribir un contrato de carácter permanente y de renovación periódica. Un contrato de mantenimiento libera a la comunidad de vecinos de posibles responsabilidades en la mayoría de las situaciones, ya que desde el mismo momento de sus suscripción,  la responsabilidad pasa al mantenedor, que es el encargado de realizar las inspecciones en la forma y fecha establecidas. Además se  evita establecer la fechas del mantenimiento por la propia comunidad ,derivando esta responsabilidad sobre el mantenedor, siendo este el responsable de su cumplimiento.

146 comentarios en “NORMATIVA PARA PUERTAS AUTOMÁTICAS”

  1. En un parking que no hay mas salida que la puerta del parking? Al cambiar la puerta estan obligados a poner una puerta peatonal incorporada a la misma del parking? Y si es asi debe llevar antipanico?
    Gracias

    1. Hola Jordi,

      La obligatoriedad de colocar una puerta peatonal, en este caso, dependerá de lo que estipule la normativa municipal. A fecha de hoy, en la mayoría de los ayuntamientos no se establece obligación alguna. De todas maneras, te aconsejamos que preguntes en las instancias municipales de tu localidad por si acaso. 🙂

      Un saludo,

      1. Hola. El parking donde tengo el coche tiene dos puertas peatonales y una para la entrada y salida de vehículos que se abre con un mando y, hasta ayer, tenía una palanca para hacerlo manual. Ayer cerraron la parte de la palanca dentro de una caja metálica con llave, con lo que ahora es imposible abrirla manualmente, es legal que esté bajo llave? De no ser legal, dónde puedo denunciarlo? Gracias

          1. Buenas trades! En puertos correderas de acceso a parking en edificios municipales tales como una comisaría de policía local (en Cataluña) es obligatorio que tenga también sólo un juego de sensores de movimiento? Y sensores por si la puerta golpea contra algo no se siga cerrando?? Gracias))

          2. Buenas tardes Francisco,

            La normativa se aplica de igual manera sea un edificio público o privado. Habría que detenerse en la legislación autonómica e incluso local por si además existe alguna normativa añadida que incorpore algún elemento de seguridad más.

            Un saludo,

          3. Buenas tardes Alejandro,

            Las directrices en materia de seguridad vienen determinadas por la norma UNE-EN 13241-1:2004.

            Un saludo,

      2. Buenos días. Las puertas de garaje deben disponer de un sistema alternativo a la apertura con mando a distancia? He visto en varias puertas la existencia de un «pulsador» en el interior y de un accionamiento mediante llave desde el exterior y la nuestra, de nueva instalación, no lo tiene. En caso de no tener mando únicamente tienes la opción de desenclavar la puerta manualmente mediante llave, pero es un poco engorroso. Saludos

        1. Buenos días Joan,

          No es una obligación contar con un segundo sistema de apertura automático. Lo que sí es obligatorio y necesarios es una sistema de desbloqueo y apertura manual para la apertura y cierre en caso de fallo eléctrico, etc. Todo automatismo cuenta con ello.

          Un saludo,

    1. Buenos días Teresa,

      Los sensores o fotocélulas son un elemento de seguridad esencial para las puertas automáticas. Su obligatoriedad dependerá de la situación y uso de la puerta automática en cuestión. En espacios comunitarios, como puertas de garaje de un edificio, donde las puertas se cierran al transcurrir un determinado tiempo, los sensores son elementos claves para evitar futuros accidentes.

      Le facilitamos el siguiente enlace sobre la puesta en normativa de las puertas automáticas para su conocimiento: https://powermatic.es/normativa-para-puertas-automaticas/

      Muchas gracias por el interés. ¡Felices Fiestas!

      Powermatic.

        1. Buenos días Giselyn,

          La información hace referencia a todas las puertas automatizadas, independientemente estén colocadas en garajes, accesos a comunidades o zonas privadas.

          Un saludo,

          1. Buenas tardes,
            A qué distancia máxima se debe activar la puerta con el mando a distancia para su apertura o cierre?
            Muchas gracias de antemano y saludos.

          2. Buenos días Miguel,

            Esto dependerá del alcance del receptor. Para esto, hay muchos factores que intervienen como puede ser la existencia de inhibidores de frecuencia cercanos, obstáculos geográficos… Pero en normativa no hay nada que indique la distancia.

            Un saludo,

        1. Buenos días Victoria,

          Deben de contar con al menos un juego de fotocélulas instaladas, como elemento de seguridad obligatorio. Además, es recomendable que la puerta cuente con un perfil antipinzamiento, lo cual evita accidentes mayores en caso de fallo en los sistemas de seguridad de la puerta.

          Un saludo,

    2. Buenos días…la puerta de mi garaje lleva instalada unos 30 años….el motor está cojido al pilar de la edificación…me gustaría saber si eso hoy en día es legal puesto que cuando abre o cierra la puerta yo que vivo en un 2 piso encima de ella vibra todo y el sonido en enloquecedor…..Me gustaría que me dieras opinión al respecto y saber que hacer en este caso Gracias

      1. Buenos días Francisco,

        Disculpa la tardanza en contestar. ¿Podrías indicarnos qué tipo de puerta es? En principio no sería necesario su cambio por motivos legales, aunque la problemática podría presentarse ante la Junta de Propietarios para ver una posible solución.

        Un saludo,

        1. Buenas tardes. Tenemos una puerta de garaje motorizada con una pequeña puerta para salir. La puerta no tiene manivela¿Es correcto o habría que poner un por si hay un incendio?

          1. Buenos días Mónica,

            No es obligatorio contar con una manivela. Las puertas automáticas siempre cuentan con un sistema de desbloqueo manual en caso de emergencia.

            Un saludo,

    1. Buenos días Santiago,

      En relación al cumplimiento de la normativa CE sobre las puertas de garaje, desde el 1 de mayo de 2005 es obligatorio para todas las nuevas puertas instaladas desde esa fecha. Para puertas anteriores, si la puerta es modificada, (modificación de cierta importancia), ha de ser dotada de las seguridades mínimas como es el caso de las fotocélulas. Se consideran modificaciones de importancia:

      1. Modificar la masa de la puerta.
      2. Modificar el tipo de puerta (convertir una puerta corredera en abatible, por ejemplo)
      3. Cambio de motor
      4. Instalación de nuevos elementos de seguridad.
      5. Cambio del cuadro de control por otro de tipo distinto.
      6. Convertir una puerta manual en automática.
      7. Sustituir o añadir algún componente que pueda afectar a elementos de seguridad,
      accionamiento o control, sometido a roce o desgaste, estructural o elementos de fijación
      de las puertas.

      Esperamos haber aclarado tus dudas.

      Un saludo,

  2. Mi comunidad de propietarios quiere mecanizar las puertas del paso de carruajesm es un edificio antiguo y el portalon exterior es la entrada a los grarajes en el cual esta tambien la puerta, integrada en dicho portalon, de entrada para peatones. Al mecanizar la puerta, una de las ojasm abre tambien la puerta peatonal. Hay alguna normativa al respecto, y si esa normativa impide mecaznizar la puerta.
    Gracias

    1. Buenos días Fer,

      La normativa a aplicar es la relativa a puertas automáticas en general. No existe impedimento alguno en automatizar esa hoja.

      Un saludo,

  3. En nuestra comunidad la puerta de garaje (batiente) se acciona mediante mandos a distancia de cada propietario. Esta puerta NO se cierra automáticamente, sino que una pulsación del mando la abre, y una nueva pulsación la cierra.
    No dispone de ninguna fotocélula, ni de ningún temporizador.
    Evidentemente, cada vecino debe tener a la vista la puerta cuando la acciona, para comprobar que no esta pasando ningún vehículo en ese momento.
    Pues bien:
    Hace unos meses un vecino pulsó el botón de cerrar la puerta cuando un vehículo se disponía a salir, de modo que dicho vehículo dio de frente con el canto de la puerta cuando esta justo empezaba a hacer su recorrido de cierre.
    El vehículo NO sufrió ningún daño, pero la puerta se descuadró completamente.
    La pregunta es ¿de quien es la responsabilidad de la reparación de la puerta?, ¿del vecino que accionó la puerta negligentemente o de la comunidad?
    Gracias!

    1. Buenos días Juanjo,

      Entendemos que la puerta está en modo hombre presente, esto quiere decir que solo se pone en funcionamiento cuando hay un usuario a la vista de la puerta y decide accionar el mando siempre que no haya ningún riesgo.
      Suponemos porque no conocemos la instalación que el motivo no es otro que la falta de elementos de seguridad. Si no existe algún dato más que podamos disponer, y sino existen cámaras de seguridad en el garaje es muy difícil buscar un responsable. La persona que acciona el mando tampoco tiene porque estar informado si la puerta tiene o no tiene elementos de seguridad y por ende no tiene ninguna responsabilidad.
      Por otro lado el conductor del vehículo debe de mantener ciertas medidas de seguridad al cruzar la puerta como es asegurarse que la puerta esté completamente abierta y parada, además de ir a una velocidad moderada para evitar cualquier imprevisto.
      En nuestra opinión la responsabilidad de cualquier daño que la puerta pueda ocasionar por falta de medidas de seguridad es de la propiedad de la puerta, o sea la comunidad de vecinos e incluso recomendaría al propietario del vehículo accidentado a reclamar los daños que la puerta le haya podido ocasionar, la reparación de la puerta también corresponde a la propiedad siempre que estos daños hayan sido causado por carecer de elementos de seguridad obligatorios.

      Un saludo,

      1. Muchas gracias!!
        La puerta no se pone en marcha cuando hay una persona presente, sino cuando una persona la pone deliberadamente en marcha, ya este presente (cómo debiera ser) o no (tal y como ocurrió). Estos mandos a distancia además tienen un alcance enorme, de modo que la puerta puede ponerse en marcha incluso desde casa, desde el portal, o incluso desde la vuelta de la esquina, a más de 200 metros.

        En su última frase hablan Uds. “Por carecer de los elementos de seguridad obligatorios”.
        Precisamente ese es el quid de la cuestión: qué elementos y cuando son obligatorios. Necesito copia de la norma o ley aplicable en la que se hable de qué elementos de seguridad son OBLIGATORIOS.
        Vaya por delante que la muchacha que colisionó con la puerta no iba deprisa. Tengan en cuenta que la puerta queda abierta hacia adentro a 90º respecto a su posición de cierre, y los coches al salir pasan paralelos a la misma quedando esta a la derecha del coche, de modo que hay que pasar muy arrimado a la misma porque la puerta es muy estrecha. Esta muchacha había abierto la puerta cómo de costumbre, y al llegar justo a la altura de la puerta, esta comenzó a cerrarse de modo que en décimas de segundo el borde de la misma, desplazada medio metro en dirección al cierre, se interpuso de canto conra la esquina del coche (como decía,es una puerta estrecha, poco más de la anchura del vehículo).
        Todos los vecinos sabemos que NO tenemos que dar al botón del mando sin tener la puerta a la vista, por más que pueda ser muy cómodo darle al mando desde la vuelta de la esquina para que al llegar a la puerta ésta ya esté abierta y no haya que esperar.
        También les había comentado que el vehículo NO sufrió ningún daño, aunque la muchacha del mismo coche se enfadó con el otro vecino que había accionado el mando desde lejos, sin tener la puerta a la vista, ya que a pesar de haber advertido a todos los vecinos, este vecino en concreto hace caso omiso.

        Entiendo que Uds., fabicantes y/o instaladores, abogan por realizar instalaciones con todas las medidas de seguridad posibles, y desde luego, es buena idea, pero otra cosa diferente es lo que la legislación establezca como obligatorio, habida cuenta que la puerta NO se cierra por si sola tras un tiempo ni nada parecido.
        En cualquier caso, muchísimas gracias por su respuesta.

        1. Llego casi un año tarde, y seguramente ya tengáis todo claro y resuelto.
          Lo que han comentado de Hombre Presente NO es el caso. Hombre presente sería que la puerta funcionaría mientras tengas el botón del mando apretado, tanto en apertura como en cierre, y si sueltas el botón la puerta se para.
          La opción que tenéis (o teníais)entiendo que es la que llamamos Abre-Para-Cierra, y para comunidades es un riesgo(que habéis sufrido).
          En comunidades, lo normal es que os pongan el modo Comunitario, que consiste en que la puerta tenga cierre automático, pero nunca la podríais cerrar con el mando, así se evitarían estos accidentes.
          Luego además, lo normal es tener instaladas la fotocélulas tanto en el interior como exterior.

          1. ¿Y lo que la legislación establece como obligatorio para puertas automáticas batientes con sensor?
            Mi caso es que la puerta de garaje de mi edificio se abre con mando, no se puede cerrar con él ya que tiene cierre automatico a los 20-30 segundos, tiene sensor en la parte exterior pero en el interior no. El caso es que fuí a salir y justo cuando estaba pasando el coche la puerta empezó a cerrarse y me golpeó en el lado izquierdo.
            ¿Hay algún documento normativo que obligue (y lo indique claramente) a disponer de sensor en el exterior e interior en una puerta automática batible de garaje comunitaria de un edificio?
            El edificio es de 2007 por lo que entra con la nueva normativa con respecto a 2005.

          2. Buenos días Fran,

            La normativa indica que se deben establecerse las medidas necesarias para evitar la colisión entre puerta y persona/objeto. No se especifica claramente las medidas en cada tipo de puerta. Para una puerta abatible siempre es recomendable contar con las fotocélulas, pero la normativa no exige que sean exterior e interior.
            En tu caso, tendrías que haber esperado a que la puerta cerrase para abrirla y salir. Es muy común, por prisas o falta de tiempo, que aprovechemos la salida de un vecino para salir nosotros también. Pero este procedimiento no es el correcto y causa este tipo de incidentes.

            Un saludo,

  4. Buenas noches: Soy arrendataria de una plaza de garaje en un inmueble que cuenta con dos puertas e acceso. La más exterior cuenta con sensor de proximidad que la reabre en caso de detectar un vehículo o persona. No obstante, la más interior no dispone de tal sistema, lo que determina que en caso de que alguien accione el botón del mando correspondiente a la misma, desde dentro (o fuera, dependiendo del caso), pueda provocar que en caso de encontrarse otro vehículo entrando o saliendo, pueda dañar el mismo si el conductor no cuenta con margen de reacción (algo bastante común). Por lo que he leído de la normativa que hace obligatorios los sistemas de seguridad (tipo sensores), no serán obligatorios en caso de instalaciones anteriores a 2005, como creo que es el presente caso. Pero en estos casos, ¿no puede exigirse responsabilidad por daños a la comunidad? Es algo que hemos reiterado a nuestros arrendadores, pues es un problema que se da con asiduidad. Muchas gracias

    1. Buenas tardes María,

      Efectivamente con instalación anteriores al 2005 no es obligatorio esas medidas de seguridad, por lo que la Comunidad queda exenta de responsabilidades, y éstas recaen exclusiva en el buen uso por parte de los vecinos.

      Lamentamos la situación 🙁

      un saludo,

  5. En un portón de subida vertical está obligado el constructor o administradora a colocar sensores de movimiento?
    No ha detectado el maletero abierto del coche, y se ha llevado por delante mi coche y ha reventado el maletero. Cómo no tiene sensores no ha parado y no se ha podido parar manualmente
    Que normativa lo regula? Agradezco la información ya que ellos dicen que no están obligados y no quieren hacerse cargo.

    1. Buenos días,

      Las puertas que no cuentan con fotocélulas suele deberse a que para abrir o cerrar es necesario usar el mando. Le recomendamos que pregunte si ha y alguna empresa que lleve el mantenimiento de las puertas, pues en tal caso, la responsabilidad sería de ésta.
      En caso de no contar con ello, el art. 1907 del Código Civil declara que la responsabilidad de la comunidad por falta de reparaciones innecesarios.
      Otra cosa sería, que el propietario no siga las indicaciones oportunas y esto motive el accidente.

      Esperemos haber sido de ayuda.

      Un saludo,

  6. Hola, he creido entender que en el caso de haber instalado una puerta posterior a 2005 o haber sufrido una remodelacion importante deberia ajustarse la puerta a las nuevas normstivas.
    Sufrí un percance con una puerta de garaje en mi edificio q solo tenia sensor luminoso para entrar.
    Me gustaria que me mandara la normativa o donde buscarla para poder hacer la reclamacion.
    Muchas gracias

  7. Existe alguna norma para los mandos de apertura der portones cuya clave tenga una numeración que se supone que corresponde a un centro oficial y por lo tanto no se puede utilizar?
    Existe una Directiva hable de este supuesto ?

    1. Buenas tardes Enrique,

      A fecha de hoy, desconocemos que exista una norma como la que nos indicas. Hay frecuencias concretas que son utilizadas por, por ejemplo, cuerpos de seguridad del estado, etc.

      Un saludo,

  8. Hola tengo una casa particular y solo los mandos se los tengo que comprar al instalador ya que quise comprar uno más barato y no se graba en el receptor es legal que yo le tenga que comprar los mandos al instalador del receptor me cobra carísimo por los mandos o le puedo obligar a que desbloquea el receptor para que yo pueda hacer los mandos donde quiera gracias

    1. Buenas tardes Antonio,

      El código instalador sirve para ayudarte a que no se realicen copias sin control de los mandos y por tanto poder contar con una mayor seguridad. Es un procedimiento totalmente legal.

      Un saludo

  9. Buenos días, mi pregunta es si es obligatorio que las puertas de garaje automatizadas en una comunidad tengan un botón de apertura para accionar la puerta cuando falle el mando a distancia y, en caso afirmativo, donde debe estar localizado ese botón. Gracias de antemano y un saludo.

    1. Buenos días Polonio,

      No resulta obligatorio aunque siempre recomendable contar con un sistema alternativo de apertura, más allá de la apertura manual.

      Un saludo

  10. En primer lugar daros la enhorabuena por tan excelente artículo.
    Por otro lado, quisiera puntualizar el tema «hombre presente», que me dá la sensación de que no queda claro.
    Cuando hablamos de hombre presente, no quiere decir que se tenga que estar delante de la puerta (que también), si no que el mando a distancia, o incluso un pulsador, deberá estar pulsado o ,mejor dicho presionado el botón en todo momento hasta que se cierre la puerta por completo. Es decir, que si soltamos por un segundo dicho botón o pulsador, la puerta se detendrá y no volverá a moverse hasta que se vuelva a mantener el botón pulsado.
    Por otro lado, cuando se lleva un mando a distancia en el bolso o en el bolsillo, es muy probable que sin darnos cuenta pulsemos cualquier botón, corriendo el riesgo de accionar la puerta de forma involuntaria, de ahí en gran medida, la necesidad de instalar todos las medios de seguridad posible (fotocélulas, bandas de seguridad activa antiaplastamiento, bandas de seguridad pasiva antipellizcamiento…).
    Debemos ser conscientes, que además de la legalidad y obligatoriedad de instalar sistemas de seguridad por que nos lo dice la norma, el sentido común nos deberá hacer pensar que dichos sistemas de seguridad, evitarán en gran medida, posibles accidentes, que pueden causar a niños, ancianos, mascotas…llegando a ocasionar la muerte o mutilación.
    Saludos

  11. Carles Puigventós

    Buenos días,

    En una finca con una puerta corredera, debe haber una o dos luces destellantes cuando ésta está en movimiento dependiendo de la longitut de la puerta o no está estipulado?

    Gracias.

    1. Buenas tarde Carles,

      Las luces son un elemento de seguridad que debe llevar la puerta, independiente de la longitud de la misma.

      Un saludo,

  12. En mi comunidad, a la puerta de entrada al garaje abatible motorizada, se la ha incorporada una puerta peatonal abatible, mediante la modificación de la masa. Por favor, ruego si podéis informarte, cual es la directiva que admite esta situación.

    1. Buenos días Leo,

      Este tipo de modificaciones están reguladas por la normativa de aplicación para las puerta de garaje, industriales y comerciales es la UNE-EN 13241:2004+A2:2017. Se debe tener en cuenta que se requieren medidas adicionales para evitar que la puerta peatonal se abra cuando la automática esté en funcionamiento y viceversa.

      Un saludo,

  13. Hola, buenas tardes.
    Quería saber si es obligatorio instalar una luz de señalización de los momentos de actuación de la puerta. Lo he visto en varias puertas de garaje pero la del de mi comunidad no la tiene.

    Gracias

    1. Buenos días Sergio,

      La luz de señalización es un elemento de seguridad para las puertas automáticas. Si bien no es un elemento obligatorio, sí es altamente recomendable para afianzar la seguridad de los usuarios y peatones que transiten frente a la puerta.

      Un saludo,

      1. Hola,
        Si la luz que avisa que la puerta del garaje está en movimiento no es obligatoria, quiere decir que las normas UNE-EN 12453 punto 5.1.3. punto c/ UNE EN 12605 punto 5.4.14. no son de cumplimiento obligado? Esto también depende de si la instalación es anterior o posterior al 2005?
        Gracias y un saludo

        1. Buenos días Saturnino,

          Si la puerta es anterior a 2005 y no ha sufrido modificación quedan exenta de aplicación de las nuevas normativas para las puertas automáticas. Las luces serán obligatorias cuando por circunstancias de emplazamiento, funcionamiento no se eliminan los riesgos.

          Un saludo,

  14. Hola.
    En una puerta de corredera y de barrotes, colocada en un aparcamiento, es obligatorio colocarle alguna malla o chapa, para que no se pueda introducir alguna extremidad mientras esta en funcionamiento?

    Y la luz de aviso de funcionamiento, es obligatoria?.

    Gracias
    Un Saludo.

    1. Buenos días Diego,

      No existe normativa que regule la obligación de colocar chapa o malla para evitar introducir extremidad alguna entre los barrotes. En cuanto a la luz de aviso, es un elemento de seguridad que se recomienda aunque no es obligatorio su instalación. Nosotros siempre recomendamos su instalación pues su coste no es significativo, si con ello evitamos un problema en el futuro.

      Un saludo,

  15. Buenas tardes
    La comunidad en la que resido tiene bloques de pisos y casas. Sólo los propietarios de plazas de garaje que residen en los pisos pueden bajar directamente al garaje desde el ascensor y acceden al mismo con una llave. Para el resto de vecinos que viven en las casas, o que tienen arrendadas plazas de garaje pero viven en otro edificio que no es de la comunidad, pueden entrar por la puerta principal del garaje que está mecanizada. Desde hace algún tiempo estamos reclamando que pueda abrirse la puerta de otra forma (manual) en caso de que haya una emergencia o simplemente la puerta no pueda abrirse desde dentro o desde fuera porque el mando a veces falla. Mi temor es que haya algún incendio u otra emergencia y los que no tenemos la llave de acceso a los pisos nos quedemos encerrados. Este tema se ha expuesto varias veces en las reuniones vecinales y hemos solicitado tener una llave para acceder al exterior por los pisos y que solo utilizaríamos en caso de emergencia, pero los vecinos se niegan. También se niegan a instalar algún tipo de sistema que pueda desbloquear la puerta de forma manual. Sé que la puerta se instaló en los años 90 y he leído lo referente a la normativa del 2005, pero ¿no se podría hacer nada? Voy a volver a exponerlo en la próxima reunión aunque creo que no va a valer de nada. Gracias de antemano.

    1. Buenas tardes Ana Belén,

      Las puertas deben contar con un desbloqueo manual desde el interior, nunca lo llevarán desde el exterior. Aunque depende del tipo de puerta, suelen ser llaves de desbloqueo que queda en posesión del responsable de la Comunidad (mantenimiento, conserje, presidente) Además, existen sistemas auxiliares para que la puerta funcione en caso de fallo eléctrico.
      En cuanto a la obligatoriedad, no existe como tal. La normativa hacen mucho hincapié en los materiales, información y recomendaciones de seguridad. Sobra decir, que si no cuentan con un sistema de desbloqueo manual, debería de plantear colocarlo.

      Un saludo y suerte en la próxima reunión.

  16. Buenas noches! Quería consultar una duda respecto a la normativa de puertas de garaje, la puerta de garaje de mi comunidad es anterior al 2005, es de apertura vertical Solo tiene una entrada y salida y una sola foto célula en el interior del parking y colocada de una manera que para que el vehículo que accede al parking debe de introducir medio morro del vehículo para que sea detectado, debido a esta anomalía tuve un accidente al no detectar la célula el morro de mi vehículo al acceder al parking y causando daños en el mismo, dimos parte a la comunidad y el perito de la compañía se excusa en que al ser una puerta anterior al 2005 no se debe regir por la actual normativa, en resumen no se hacen cargo, he investigado un poco y he visto que se ha realizó una modificación/instalación de una caja de protecciones eléctricas 12 módulos para puertas de parking monofasicas, incluye protección contacto directo, indirecto, seta de emergencia, base de enchufe y borne toma tierra, mi pregunta es ¿debido a esta instalación la puerta ha de tener el marcado CE y cumplir la normativa UNE-EN 13241:2004 + A2:2017? Por qué de ser así si podría reclamar para que se hagan cargo de los daños del coche ya que a día de hoy la puerta no tiene el logotipo CE

    1. Buenos días Jonatan,

      Las modificaciones realizadas no afectan en cuanto a aplicación de normtativa. No se trata de cambios estructurales o de puerta en su totalidad. En cuanto a lo que nos comentas del golpe, entendemos que introdujiste el morro del coche para que la fotocélula lo detectase, frenase el cierre y retrocediese. Recomendamos siempre hacer uso del emisor o dispositivo de apertura en cada salida y entrada para asegurarnos este tipo de inconvenientes.

      Un saludo,

      1. Buenos días!! Muchas gracias por la rápida respuesta voy a seguir investigando por qué creo que la puerta ha sufrido alguna modificación por lo menos en la situación de la foto célula y creo que movieron la parte donde reflecta por que los coches al salir golpeaban en ella, seguiré mirando en las facturas de la comunidad a ver qué encuentro, muchas gracias otra vez un saludo !!!

  17. Buenos días,

    Mi pregunta es si esta normativa sobre puertas de garaje automáticas es aplicable también a las puertas de uso privativo. Esto es, yo tengo una puerta automática privada para acceder a mi garaje particular y además la puerta no da a la vía pública, sino que para acceder desde la calle a la puerta hay que atravesar una cancela y circular por una rampa de unos 4 metros de larga.
    Gracias por su ayuda

    1. Buenos días Santiago,

      La normativa es de aplicación a toda puerta automática, independientemente de su localización y uso.

      Un saludo,

  18. Buenos días. En mi Comunidad disponemos de 1 puerta de garaje y otra puerta de garaje «cancela», que abren hacia dentro las 2. Pues bien, un vecino indica que la puerta «cancela» es ilegal porque abre hacia adentro (hacia afuera es imposible, pues ocuparía zona de calle y no lo he visto en ningún sitio), y no lo entiendo. Si pudieran aclarármelo, se lo agradecería.

    1. Buenos días Javier,

      Su vecino está equivocado. Las puertas abatibles han de abrir hacia adentro. No está permitido invadir las aceras. No se van a encontrar este tipo de puertas abriendo hacia afuera.

      Un saludo,

  19. El día 04/06 a las 08:35 me disponía a coger el coche del parking .
    Abrí la puerta intermedia a la puerta de salida, mientras esperaba a que se abriera la puerta de fuera que da salida a la calle, la puerta intermedia me arroyó literalmente encima al final del techo de mi coche, con el pertinente susto aceleré y conseguí salir del garaje.

    Fue un problema del sensor que no reconoció el culo de mi coche y, por consiguiente, me rayó parte del techo y desajustó y abolló la antena

    He solicitado que el seguro de la Comunidad de Propietarios se haga cargo de la reparación de los rayones del techo y abolladura de la antena. Me ha llamado hoy el perito para quedar y contarle lo ocurrido en persona.

    M ipregunta es…¿Las puertas abatibles verticales tienen obligatoriedad de instalar una fotocélula en el interior y exterior, solo en el interior? ¿ las dos? Y o creoque por seguridad ambas deberían estar instaladas, un dia puede ser un oche pero otro día podrìa ser una persona o un niño…Los pisos son de hace 7 años…

    No sé entonces si me cubrián los daños, me gustaría estar estar informada cuando venga el perito la semana que viene.

    Muchas Gracias por su respuesta.Muchas Gracias de antemano. Vanessa

    1. Buenos días Vanessa,

      Según el tipo de puerta que nos indica, ésta tiene que contar con fotocélulas tanto en su lado interior como exterior. Sería recomendable solicitar el visionado de las cámaras de vigilancia, en caso de que cuenten con ellas, para mostrar que se debe a un fallo de las fotocélulas y no por un mal uso por tu parte que es lo que puede que justifiquen.

      Un saludo y suerte.

  20. Mi duda es referente al comportamiento incívico y negligente que pone en peligro a niños pequeños y coches que pasan por el pasillo comunitario de in garaje de plazas cerradas con puertas basculantes. Algunas de ellas automatizadas. El comportamiento de esta vecina de gran riesgo es que pulsa la apertura de ma puerta desde el ascensor y de ahí tiene que bajar una planta hasta el garaje a través de unas escaleras lo que supone que ma abre y tarda unos 10-15 segundos en estar presente con ese riesgo de pilla un coche en maniobras de aparcamiento o peatón. Se le ha advertido personalmente h su razón es que lo hace por ahorrar tiempo… ¿Qué se puede hacer en este caso? Hay alguna normativa? Es desesperante encontrarse tanta falta de civismo

    1. Buenos días Javier,

      La normativa indica la necesidad de contar con sistema de fotocélulas para en caso de paso de coche/persona mientras la puerta está cerrándose, ésta se detenga y retroceda. Más allá de esto, el tema tiene que ver con el civismo, tal y como indicas, de los vecinos y el buen uso de las instalaciones.¡Suerte!

      Un saludo,

        1. Buenos días Dolores,

          Entendemos que el sensor al que te refieres, son las fotocélulas que ayudan a evitar que la puerta se cierre cuando un vehículo o persona para por ella. Tan sólo deben tener en cuenta que su colocación debe estar libre de obstáculos y cerca de la puerta. Tal y como nos indica, la colocación estaría bien.

          Un saludo,

      1. La empresa instaladora de la cancela basculante comunitaria se quiere aprovechar de nosotros pues ha habido ya varias llaves magnéticas de apertura por proximidad al sensor (tipo moneda) pero quieren cobrar por las llaves cuando aún todo está en periodo de garantía. Dicen que las llaves no (cuando no hay llave mecánica pero si un mando a distancia opcional) y ajena además que es porque se caen al suelo ¿? Para mi es una estafa en toda regla querer cobrar 8.5 euros cuando sospecho que deben estar en garantía a menos que se pruebe mal uso y mal trato a la misma

        1. Buenas tardes Juan Jose,

          Los productos suelen tener un periodo de garantía de 2 años. Esta garantía no cubre mal funcionamiento motivado por un mal uso. Si disponen de la facturas de compra pueden reclamar la sustitución de las llaves magnéticas defectuosas sin coste algo.
          Ante cualquier problema, le recomendamos que planteen el problema en FACUA, donde les pueden orientar mejor.

          Un saludo,

  21. Hola soy Ana, tengo alquilada una plaza de garaje, mi pregunta es la siguiente, existe una normativa sobre la apertura de puerta de garaje manual, es obligatorio que exista y que sea del conocimiento de todos los usuario?, es que esta semana se fue la luz y no hubo manera de sacar el coche, el dueño del garaje tiene una llave que es la que hace que gire la palanca para poder abrir la puerta manualmente y no nos quiere dar copia de la llave, esto es legal? Puedo hacer algo para poder exigir o que me den copia de esa llave o de exigir un cambio en el sistema de apertura manual. Muchas gracias de antemano. Es una puerta corredera

    1. Buenos días Ana,

      La normativa no recoge nada sobre la apertura manual. Toda puerta automática trae en su automatismo una modo de desbloqueo de la puerta y apertura manual. Éste varía en función del tipo de puerta y del modelo de motor instalado, por lo que no se puede modificar.
      Dentro de una comunidad, la llave de desbloqueo queda bajo la custodia de una persona responsable (presidente, personal de mantenimiento) pero nunca se hacen copias y se entregan a los vecinos, porque sino podría ser manipulada constantemente perjudicando su funcionamiento. La persona determinada como responsable es quien debe saber cómo proceder para colocar el mecanismo en modo manual.

      Un saludo,

  22. Buenos dias estoy en una comunidad que tiene puerta de garaje abatible hacia dentro. El motor esta fallando y quieren cambiarlo por uno igual de la misma marca. Tendrían que adaptarse a la nueva normativa ya que la puerta esta montada antes del 2005. También hace dos años cambiaron el cuadro por uno diferente de que tenia. Aclaro que no tiene fotocelulas en el interior ya que es imposible ponerles porque la puerta las taparia al abrir. Gracias

    1. Buenos días Viorel,

      En este caso deben de poner en normativa la puerta. Cuando consulten con la empresa profesional que les va a realizar el trabajo deberían solicitar una revisión para ver que elementos deben de incorporarse para cumplir con la normativa actual.

      Un saludo,

  23. Hola, tengo una consulta. Esta mañana he parado bajo la puerta del garaje, la parte trasera del coche no la ha detectado la fotocélula y la puerta se ha cerrado rayandome el techo. ¿Puedo pedir responsabilidades a la comunidad? Entiendo que es un elemento de seguridad y si en ese momento el coche se avería o se queda una persona ahí parada la puerta se cierra chafa dolo. Gracias por vuestra respuesta.

    1. Buenos días Sonia,

      Puedes comentarlo en la Comunidad. Si se debe a un fallo en el sistema de seguridad de la puerta podrían hacerse responsables. Para ellos, necesitarán que les facilites imágenes del momento. Si la Comunidad cuenta con cámaras de seguridad, solicita el visionado del día y rango de hora en que sucedió.

      Un saludo,

  24. Buenos días

    en caso de corte de luz, entiendo que los portones cuentan con un mecanismo mecánico para poder abrir y cerrar el portón sin luz. ¿Es obligatorio que todos los vecinos de una comunidad dispongan de las llaves necesarias para poder abrir el portón en caso de corte de luz?

    Un saludo,
    Fernando

    1. Buenos días Fernando,

      En caso de falta de luz existe una llave de desbloqueo de la puerta. La llave debería de tenerla el presidente o persona de mantenimiento. También se puede colocar un cofre guardallaves, con código, donde guardar la llave de desbloqueo y usarla en caso de necesidad por cualquier propietario. Además, existe un sistema de alimentación eléctrica para este tipo de situaciones, que nos permitiría mantener la puerta en funcionamiento sin problema.

      Un saludo,

  25. Hola, tengo un vecino que dispone en su entrada a garaje, desde la via publica, una puerta manual abatible, sin motor, instalada con anterioridad a 2005. Dicha puerta tiene unas medidas de 2,20×2,20, al abrir la mencionada puerta, invade la acera totalmente, pudiendo ocasionar lesiones a viandantes, algo que ya ha ocurrido. He presentado escrito al Ayto y me han informado que no hay normativa aplicable, ya que la puerta es anterior a 2005.
    Existe alguna normativa que se pueda aplicar para evitar futuros accidentes y que dicho vecino cambie la puerta? gracias

    1. Buenos días Roso,

      Efectivamente no hay normativa aplicable al respecto. En caso de automatizarla podría incorporar medidas de seguridad, pero tal y como se encuentra en la actualidad nada se puede hacer.

      Un saludo,

  26. Buenos días,
    Estoy pensando en sustituir una puerta enrollable manual por otra seccional con puerta peatonal integrada en una planta baja particular. He estado leyendo que la puerta peatonal debe abrir hacia fuera para que cumpla el CE. Me gustaria saber si existe alguna excepción en la norma o en caso de que no la haya, si existe algún problema en invadir la acera cuando se abre la puerta.
    Muchas Gracias.
    Jose.

    1. Buenas tardes Jose,

      No conocemos excepción alguna sobre la orientación de la puerta peatonal. En cuanto a la invasión de la vía pública tendrás que preguntar en tu Ayuntamiento y ver que normativa municipal aplican. Cada lugar es diferente.

      Un saludo,

  27. Hola buenas queri saber la homologación de medidas mínimas de puertas automáticas de mi comunidad me quiero comprar una furgoneta Citroen de 1.90m de alto y no entra los vecinos no quieren tocarla

  28. Buenos días,
    Ayer al salir del garaje comunitario mi hija tuvo que parar, porque pasaba una señora mayor con un cochecito de bebé. La puerta del garaje golpeó la puerta trasera de mi coche. Solo hay un fotocélula instalada en el interior. Hemos dado parte a la administración de la comunidad de propietarios y nos exigen que les demos el nombre de la señora que pasaba en esos momentos con el cochecito. Con los nervios de parar el portón y mirar daños, cuando mi hija fue a pedir datos a la señora, ésta ya no estaba.
    Puedo aún así reclamarle daños a la comunidad? Saludos y gracias por su respuesta.

    1. Buenos días Sonsoles,

      Necesitarán presentar alguna prueba al respecto. Si no pueden contar con el testimonio de la mujer tal vez tengan unas cámaras de videovigilancia en la Comunidad donde se vea lo sucedido. En caso contrario será complicado la reclamación.

      Un saludo,

  29. Buenas tardes.

    En mi comunidad la empresa mantenedora dice que hay que instalar una trenza de cobre para la toma de tierra para adaptarse al reglamento de baja tensión del 2019 y que están multado a quienes no lo tienen. Quisiera saber si es cierto ya que he leído que las puertas instaladas desde el 2005 ya tienen esas medidas de seguridad.

    Muchas gracias.

    1. Buenas tardes Mila,

      Lo que nos comentas no está dentro de la Normativa de Puertas Automáticas sino más bien dentro de Reglamento de Baja Tensión. Puede que la puerta cumpla con su normativa, pero ahora tienen que ver si el mecanismo instalado tiene la toma de corriente y su seguridad en regla. Es posible que no lo esté y por ello os lo propongan.

      Un saludo

  30. Hola. El parking donde tengo el coche tiene dos puertas peatonales y una para la entrada y salida de vehículos que se abre con un mando y, hasta ayer, tenía una palanca para hacerlo manual. Ayer cerraron la parte de la palanca dentro de una caja metálica con llave, con lo que ahora es imposible abrirla manualmente, es legal que esté bajo llave? De no ser legal, dónde puedo denunciarlo? Gracias

    1. Buenas tardes Encarna,

      Es totalmente legal. De hecho, debe permanecer cerrada y solo en caso de querer poner la puerta en modo manual abrir y usar la palanca. Esa llave debería de tenerla el personal de mantenimiento/presidente… siempre accesible ante cualquier problema.

      Un saludo,

  31. Buenas, en mi comunidad tenemos 4 portones automaticos de entrada y salida. Disponemos de un sistema automático común de apertura y cierre para todas las puertas con mandos, lo que provoca que si se pone demasiada potencia cuando acciono mi puerta lo hace tambien el resto. La empresa instaladora decidió quitar la antena de mi puerta y ha dejado una potencia muy baja de modo que esta no se abre o lo hace con mucha dificultad teniendo que bajarme del coche y pegarme totalmente a la puerta. La solución sería dar autonomía a cada una de las puertas pero los vecinos se niegan a hacer mejoras. Incluso pagando yo mi propio mando con un canal independiente (solo nos perjudica a 3 vecinos que solo podemos entrar por esa puerta) no quieren arreglarlo y yo me veo obligada a dejar mi coche en la calle. La finca es del año 2001 y quisiera saber si hay nueva normativa para tomar acciones legales al respecto. Muchas gracias x su atención

    1. Buenos días Sara,

      Lamentablemente la normativa sobre puertas automáticas hace referencia a instalación, seguridad, etc. pero nada respecto a los receptores instalados y su configuración dentro de una Comunidad. Lo ideal hubiese sido que para cada puerta de la comunidad se hubiese configurado un botón del mando, de tal modo que cada botón abriría una puerta y no todas. Puedes plantear que se reconfigure el sistema de mandos y que asocien una puerta por botón.

      Un saludo,

  32. En el garaje de mi Comunidad de vecinos hoy no podíamos abrir la puerta con el mando a distancia, no existe opción de apertura manual. Llamé al técnico, vino después de 3 horas…para que se activara la apertura hizo un puente en una de las cajas eléctricas que hay al lado de la puerta y me confirmó que no existe ningún dispositivo para apertura manual de la puerta…esto es legal???, llamé al administrador de la finca y va a pedir un presupuesto para instalar un mecanismo de apertura manual..pero esque aún no me puedo creer que sea legal no disponer ya de ese dispositivo. Literalmente te quedas encerrado dentro del garaje ante semejante fallo…

    1. Buenos días Marta,

      Hoy en día todo automatismo destinado a una puerta automática cuenta con desbloqueo manual, para evitar casos como el que os ha ocurrido. Posiblemente la puerta sea anterior a 2005 o el automatismo sea bastante antiguo y por tanto se le aplica la normativa actual. A continuación te facilitamos un enlace a uno de nuestros post donde informamos como se desbloquea manualmente las puertas en función de su tipología, para que te sirva de ayuda una vez tengáis colocado el desbloqueo manual: https://powermatic.es/desbloqueo-en-puertas-automaticas/

      Un saludo,

  33. Se estropean más las puertas automáticas , si se pasa andando (más cómodo para la gente q abrir una puerta) cuando la puerta se está cerrando tras pasar un coche? Yo pienso q si y nunca lo hago pero me gustaría saber con seguridad para avisar a mis vecinos comodones. Muchas gracias

    1. Buenos días Susana,

      No está directamente relacionado el aumento de las averías en una puerta con un mayor número de maniobras, siempre y cuando la puerta cuente con un automatismo destinado a uso comunitario. Lo que si aconsejable es utilizar las puertas peatonales para entrar o salir en la comunidad y no las de garaje que están destinadas a vehículos.

      Un saludo,

    1. Buenos días Susana,

      Una puerta automática cuenta siempre con un automatismo, que es el abre y cierra la puerta automáticamente.Dentro de las automatizaciones, las hay destinadas a las viviendas particulares y las hay que se destinan a usos comunitarios. Éstas últimas están diseñadas para un uso intensivo y por tanto un mayor número de maniobras (apertura/cierre). Como ya le comentamos, las averías frecuentes no tienen por que deberse al uso de la puerta para el acceso peatonal directamente, aunque puede ser un factor a tener en cuenta.
      Podrían plantear en la próxima reunión de la Comunidad aprobar la prohibición de acceso peatonal por la puerta del garaje.

      Un saludo

  34. Pero prohibir sin haber nada escrito ni relacionado directamente, mala pinta de q acepten. De todas formas muchas gracias por su información. Muy profesional y eficaz. Da gusto

  35. Hola, tengo la siguiente consulta que haceros.

    En un garaje comunitario de un edificio de empresas cuya puerta de salida es abatible hacia dentro del garaje, me disponía a salir estando la puerta completamente abierta, salieron 2 coches delante mio unos segundos antes y justo cuando estaba yo saliendo habiendo atravesado media puerta, cuando estaba en medio empezó a cerrarse y me golpeo el lateral derecho del coche, la puerta no detectó mi coche que estaba saliendo y se empezó a cerrar, preguntando me entere que las 2 fotocélulas que tiene la puerta están colocadas en el exterior en la calle y que no tiene ninguna en el interior, tampoco tiene ninguna luz que avise que se vaya a cerrar.
    El edificio se inaguró en 2009 por tanto la normativa seria la del 2004.

    Su seguro dice que la puerta cumple la normativa y que tenia que haber accionado yo el mando aunque la puerta estuviera completamente abierta, pero apretar el mando estando abierta tampoco me da ninguna seguridad pues no se enciende ninguna luz ni nada que me garantice que me va a hacer caso, a no ser que espere a que se empieze a cerrar y volver a darle entonces.

    ¿La normativa de 2004 no exige que haya fotocélula a la entrada y a la salida o al menos una luz que avise del cierre o apertura de la misma?

    Tengo

    1. Buenos días Carlos,

      El correcto uso de la puerta automática pasa por esperar a que ésta cierre o al hacer la maniobra de cierre presionar la apertura y que ésta abra. Es muy común que intentemos aprovechar la apertura de un usuario anterior y pasar, lo cual se entiende como un uso inapropiado de la puerta y el seguro se escudará en ello para no cubrir los posibles.
      En cuanto a los elementos de seguridad, debe contar con 1 juego de fotocélulas interior u exterior y se sugiere la luz avisadora, pero no es obligatoria, si la puerta no invade la vía pública.

      Un saludo,

      1. En este caso tiene 2 fotocélulas en el exterior y ninguna en el interior, ¿cumpliría normativa entonces?? yo tenia entendido que a partirt de 2004 debía contar con fotocélulas tanto en la parte exterior como en la interior en este tipo de puertas abatibles, desde luego me parece un peligro que no lo tenga, y mas cuando tampoco hay luz de aviso cuando se cierra.

  36. Buenos dias, tengo una duda si me lo pueden resolver. Resulta que anteriormente había un pulsador interior para abrir los peatones la puerta del garaje motorizada y lo han quitado por orden del presidente de la comunidad del garaje y esto afecta a mi plaza que está justo al lado de la puerta. Para abrir la puerta desde el interior, tengo que abrirla manualmente empujándola o irme al fondo del garaje, hacer maniobras y volver a situarme sobre la espira y pulsar otro pulsador.
    Mi pregunta es. ¿Es legal la actuación del presidente de quitar este pulsador?, ¿Exige la normativa que haya un pulsador interior para peatones para abrir la puerta?
    Muchas gracias.

    1. Buenos días Gabriel,

      La normativa no recoge la exigencia de un pulsador para la salida de peatones por la puerta de garaje. De hecho, estas puertas están destinadas al paso de vehículos y por tanto deberían de contar con una puerta de paso peatonal. ¿No disponen de mandos a distancia para la entrada y salida?

      Un saludo,

  37. Hola,
    Accediendo al garaje comunitario de nuestros bloques (de protección oficial) me crucé con un vecino que salía del mismo con su coche. No había luz roja y la puerta (cierre vertical) estaba arriba, quieta. Empezó a bajar cuando me disponía a pasar por debajo de ella, paré pensando que me detectaría y subiría, pero no fue así y causó varios desperfectos en mi coche. Luego supe que la puerta cuenta con tan solo una fotocélula, en el interior. Las casas y el garaje son de 2007. Quiero saber si la puerta cumple la normativa o puedo reclamar los daños a la comunidad. Gracias de antemano.

    1. Buenas tardes Julen,

      Se establece que las puertas cuenten con al menos un juego de fotocélulas, aunque en muchas ocasiones cuentan con más; por tanto, en ese sentido está dentro de lo recomendable. Además, puede darse que la comunidad se escude en que no hizo buen uso del automatismo, se ha dado el caso, ya que debería haber esperado a que la puerta cerrase para activar su apertura y entrar. Sería bueno que en caso de reclamar daños contase con la grabación de las imágenes en caso de contar con cámaras de vigilancia.

      Un saludo y suerte.

  38. Buenas tardes, en una comunidad con puerta basculante interior y batiente de dos hojas exterior (con celulas exteriores en ambas) con instalacion anterior a 2005 es obligatorio añadir paracaidas y celulas interiores a las puertas si no se han realizado modificaciones significativas. En caso necesario, cual es plazo maximo para adecuar las puertas antiguas?
    Muchas gracias

    1. Buenas tardes Mariano,

      No resulta obligatorio pero en cuanto al sistema de paracaídas, es más que aconsejable para la puerta basculante. Es un elemento de seguridad bastante importante que nosotros recomendamos instalar siempre en estas puertas.

      Un saludo,

  39. Muy buenas.Pido disculpas de antemano si a habido una pregunta exacta a la mia:

    Nuestra puerta principal de acceso a los garajes,siendo de dos hojas,habriendo hacia arriba y segun suba o baje ocupando un espacio de unos 40cms hacia el exterior,no tiene sensor en el exterior.Si en cambio en el interior,el cual es un pasillo para acceder a los correspondientes garajes privados.La puerta se habre y cierra automaticamente mediante mandos a distancia que tenemos cada propietario y tambien se habre mediante el detector interior si es que se esta cerrando.La puerta si esta abierta del todo tarda un tiempo lo suficientemente holgado en empezar a cerrarse. La puerta y todo el edificio es de antes del 2005,concretamente del 2001.

    Hace poco a un familiar de un vecino le ha pillado el capo del coche la puerta al estar el coche por fuera del garaje pero en la trayectoria del cierre del mismo.El hombre supuso que la puerta volveria a subir cuando estaba bajando y no movio el coche mas para atras porque ademas tenia otro coche detras pero a una distancia suficiente como para haber librado la puerta facilmente.La puerta siguio cerrandose claro,al no detectar el coche y se lo rayo.

    Pues bien,ha pasado el perito del seguro del coche y ha determinado que la puerta no esta en las condiciones debidas y por consiguiente el seguro nos va a pasar el importe del arreglo del vehiculo a la comunidad.

    Segun leo,entiendo que la comunidad no tenemos ninguna responsabilidad en ello verdad?y que no tenemos porque poner un detector exterior(aunque despues de esto pueda ser recomendable)ni que pagar los desperfectos.Ademas,el sistema de la puerta no se ha modificado desde que se hizo el edificio.Quien debe pagar el importe?su seguro si lo tiene a todo riesgo,verdad?y si no el mismo afectado…

    Muchas gracias!!!

    1. Buenos días Iker,

      En principio no es fácil responder a las consultas que nos planteas porque no conocemos la instalación. En cualquier caso, las puertas deben cumplir todas con la normativa vigente UNE-EN 13241:2004 + A2: 2017; principalmente sobre los factores que afecta a la seguridad.

      En este tipo de puertas es habitual accidentes como el que comentas. La normativa, en todos los casos, obliga a instalar dispositivos de seguridad que en caso de existir un vehículo en la zona de maniobra de la puerta sea detectado y no cierre. Por ejemplo con dos juegos de fotocélulas una interior y otro exterior para eliminar, en lo posible, el riesgo. A pesar de ello, si aún persiste un riesgo de atrapamiento en la maniobra de cierre, por ejemplo si una persona estuviese caída en el suelo fuera del espacio que no cubren las fotocélulas y siempre que el motor por si mismo no tuviese la capacidad de detección de obstáculos, deberíamos instalar un sistema que sea capaz de evitar el aplastamiento y corregirlo mediante una apertura de emergencia. Para ello existente diferentes tipos de bandas de seguridad que pueden evitar accidentes en este tipo de puertas.

      Nuestra recomendación es que un técnico de la zona visite la instalación y asesore tanto para aclarar vuestras dudas como para evitar nuevamente accidentes de este tipo.

      Espero que hayamos podido contribuir a resolver vuestras dudas, de no ser así no dudes en comentarnos nuevamente.

  40. Hola , me han instalado una puerta nueva de garaje basculaste motorizada y la empresa mantenedora no quiere hacerse cargo porque dice no lleva paracaídas. La empresa instaladora dice que no es necesario porque el ensayo de ese modelo de puerta cumple los requisitos. ¿Donde puedo comprobar cuáles son los requisitos exigidos ?

    1. Buenos días Jose,

      Habría que conocer más de cerca la puerta, pero en un principio, las prelevas deben incorporar sistemas para evitar la caída en caso de rotura de los cables.
      Por otro lado y para estar seguro de ello, podría solicitar una inspección de la OCA que le puede certificar o no la necesidad en este caso. Le facilitamos el enlace: http://www.ocaicp.com/?gclid=Cj0KCQiAs67yBRC7ARIsAF49CdWjnXfargfZVgIwMoGF0LzAcVMWVehgI5hg93VGKDcVfN8gGOteOu0aAhv7EALw_wcB

      Un saludo,

  41. Buenos días, quería saber si en una puerta secciona que tiene una puerta peatonal insertada en la misma tiene que abrir para fuera por ley según me a comentado un instalador, porque yo la quería para dentro, si es asín me podrían decir la norma gracias

    1. Buenos días André,

      Disculpa la tardanza en contestar. Tendría que consultar con el ayuntamiento de su municipio porque en este tema prima la normativa municipal.

      Un saludo,

      1. Hola, en mi comunidad la fotocélula está dentro de mi plaza de aparcamiento y me dificulta mucho el aparcar. Ahora quiero cambiar de coche y el nuevo será más ancho por lo que tendré más dificultad. ¿Es normal que dicha fotocélula este dentro de una plaza? ¿Hay otra manera de ponerla¿

        1. Buenos días Ángeles,

          Las fotocélulas se colocan, dependiendo del tipo de puertas, más o menos alejadas de la puerta para que ejerzan su función correctamente. ¿qué tipo de puerta es? Desconocemos como es el garaje de su comunidad para que sea necesario colocarla en su plaza. Siempre existe la posibilidad de instalar un pequeño poste o báculo donde colocar uno de los sensores del juego de fotocélulas.

          Un saludo,

  42. Eva González Marcos

    Hola.
    En la comunidad en la que vivo, a la puerta del garaje de la finca se le han añadido los siguientes elementos de seguridad:

    – Doble sistema de fotocélula de seguridad, mejorando en el área de maniobras de giro de vehículos. Antes sólo tenía una.
    – Interruptor de parada de emergencia.
    – Gomas pasivas antiatrapamiento en pliegues de puerta.
    – Bandas dobles antiaplastamiento de conexión por radio frecuencia para evitar que la puerta pueda seguir actuando si golpea en su recorrido con un vehículo.
    – Reloj temporizador.

    Yo llevo dos años viviendo aquí. Los vecinos con los que he hablado no saben decirme si la puerta fue instalada antes de mayo de 2005 o posteriormente. En cualquiera de los casos, la modificación realizada ¿se considera menor o sustancial? Si es sustancial, ¿la modificación debe ser certificada por un OCA?
    Muchas gracias por su respuesta.
    Saludos,

    Eva

    1. Buenos días Eva,

      Disculpa la tardanza en constestar. Las modificaciones que nos comentas no son estructurales o de cambio de funcionamiento, por lo que se consideran sustanciales. No sería necesaria certificación alguna.

      Un saludo,

  43. Buenas tardes ayer en la comunidad donde estaciono el coche me avisaron de que la puerta exterior falla y se queda cerrada y la interior abre adecuadamente ahora mi sorpresa es que colgaron un cartel de puerta averiada y no puedo sacar el coche con el perjuicio legal que me ocasiona tener el coche 2 dias parado sin ser avisado en tiempo y forma ya que me aviso una vecina que vio el cartel un folio escrito a mano ,me veo obligado a coger un coche de alquiler y si puedo demandar a la empresa por los daños que me esta ocasionando ya que otra opción podría a verse bloqueado la puerta exterior y utilizar solo la interior ya que con un mando abre las dos puertas y solo seria necesario inutilizar el cuadro de la puerta exterior. Ambas puertas llevan fotocelulas lo que ocurria es que una se cierra y la otra se abre se desincronizan

    1. Buenos días Eugenio,

      Efectivamente, al haber 2 puertas, la opción más correcta hubiese sido inutilizar la puerta exterior pero dejándola abierta, no cerrada. En todo caso de que haya una respuesta justificada, la Administración debería de informaros con antelación. En cuanto a normativa, no hay nada que recoja esta situación, pero si le sugerimos que presente la reclamación ante la Administración.

      Un saludo,

  44. Buenas quiero cambiar la puerta de mi cochera que da a la calle, vía pública, pago un acceso de entrada salida de vehículos. Puedo cambiarla por una basculante desbordante? Veo que muchos sitios nuevos las ponen pero no se si es legal. en algún caso he visto que ponen una luz de emergencia o de aviso, asi si sería légala!
    Un saludo y gracias

    1. Buenas tardes Manuel,

      El desbordamiento en vía pública va a depender de la ordenanza municipal. Cada municipio lo gestiona de diferente manera, por lo que te aconsejamos que contactes con tu ayuntamiento para ver si es posible. En caso de hacerlo, sería obligatorio medidas de seguridad, como señales luminosas y/o acústicas para avisar al viandante de que la puerta se va a mover.

      Un saludo,

  45. juan antonio becerra hernandez

    Ola buenos dias mellamo juan tengo el mismo caso de la señ. encarna con fecha 3 octubre 2019 como puedo octener buestra respuesta para mi comunidad gracias.

    1. Buenos día Juan Antonio,

      El acceso a las viviendas no se puede restringir en una Comunidad. Al tener acceso usando un mando, digamos que la norma se cumple. Ahora, la llave que permite acceder a la manivela para la apertura manual de la puerta debe de estar disponible para cualquier vecino en caso de necesidad. Suele tenerla bien el presidente, el personal de mantenimiento…

      Un saludo,

  46. Buenos días,
    Vivo en un bloque de edificios que tiene acceso directo al parking desde el ascensor, puerta basculante que se abre hacia el interior lateralmente, ayer mi madre sacando el coche del parking presionó el botón del mando, espero a que se abriera la puerta y subió la rampa, cuando estaba a mitad de la rampa la puerta se empezó a cerrar y mi madre al ver que se estaba cerrando y le iba a dar al coche acelero y giro el volante hacia la derecha provocando que el marco de la puerta del parking se torciera y se desencajara de la pared y provocando daños a nuestro vehículo en la parte delantera derecha.
    La puerta del parking tiene dos sensores, uno en el interior justo al lado de la puerta, y otro en el exterior.
    Mi madre aceleró y giró el volante porque si no la puerta nos iba a dar a la parte izquierda del coche.
    Esto se tendría que hacer cargo el seguro de la comunidad o mi seguro de coche ? Ya que ahora hay que cambiar el marco de la puerta del parking.
    Muchas gracias

    1. Buenos días Anna,

      Las fotocélulas interiores y exteriores deberían haber detectado el vehículo, parado el movimiento de la puerta y haberla echo retroceder. Para poder responsabilizar a la Comunidad por el mal funcionamiento de la puerta necesitáis pruebas. Si cuentan con un sistema CCTV y pueden recuperar las imágenes de lo sucedido, lo pueden presentar ante el seguro. Si no disponen de estás imágenes será complicado que la comunidad se haga cargo.

      Un saludo,

  47. Buenas noches.
    La puerta del garaje de la comunidad tiene dos fotocélulas, una dentro y otra fuera.
    Los vecinos son unos cagaprisas y antes de que la puerta haga su recorrido, ya han metido el coche, tanto al salir como para entrar. Las células paraban la puerta, y cuando el coche las dejaba libre, tanto al abrir como al cerrar, la puerta volvia a abrirse, tomar su tiempo, y cerrar de nuevo.
    Se ha cambiado el motor y la centralita.
    Ahora, la gente sigue haciendo lo mismo, pero al detectar una presencia, la puerta se para.
    Se para y ya está.
    Para volver a su ciclo, hay que volver a tocar el boton de el mando, para que la puerta se abra, tome su tiempo y cierre sola.
    Pero nadie lo hace.
    Entonces la puerta queda abierta siempre.
    Nadie espera a que la puerta abra totalmente y ya se meten.

    Me han dicho que es lo que tiene que hacer, puesto que las células son un elemento de seguridad y al detectar presencia, han de pararse. Que, independientemente que se quite el obstaculo, ha de seguir parada hasta que alguien accione de nuevo el mando.
    Así se evita que haya sorpresas, accidentes imprevistos y demás. Ya que para eso se colocan esas células de seguridad.

    No se puede volver a poner lo que había antes? Que lo hiciese sola?
    Hay una norma específica de esto?
    Porque me estan poniendo loca entre unos y otros. La mayoría quiere que siga como antes, y los menos, que lo de que se quede parada, es lo lógico, como una sierra circular en una cartintería o una cinta en una fábrica, que, cuando detecte algo, que se pare y no se ponga solo una vez quitado el obstaculo, el brazo, un pieza…

    Hay algo de leyes sobre esto? Muchas gracias.

    1. Buenos días Ilda,

      NO existen leyes sobre si las fotocélulas deben de parar la puerta y volver abrir. Desde luego, lo más recomendable, para evitar dejar la puerta abierta, es que al detectar el vehículo la puerta pare, retroceda y tras el tiempo de apertura vuelva a cerrar. Deberían de contactar con la empresa de mantenimiento de la puerta para que regulen esa función. Es algo sencillo que no les llevará mucho tiempo.

      Un saludo,

  48. Muy buenas, en relación con la disposición de las foto celulas, si la puerta es solo de entrada no deberían estar en el exterior?? O la normativa solo exige que haya foto celulas?. Se me acaba de cerrar la puerta de entrada del garaje encima del capo pq las foto celulas están dentro del garaje. Muchas gracias

    1. Buenos días Juan,

      La normativa exige un juego de fotocélulas como mínimo, como elemento de seguridad, pero no especifica si debe ser exterior o interior. A ser solo de entrada, lo lógico es que se hubiese colocado en la parte exterior y no en la interior. ¿Dónde están colocadas las fotocélulas, en cuanto a distancia de la puerta?

      Un saludo,

      1. Buenas, muchas gracias por la respuesta.
        Pues aproximadamente unos 40 cm de la Guía de la puerta.
        No nos han puesto pegas, así que algo habrá… Al perito de la comunidad la fallo la célula pasando la mono rápido y con el de la empresa de la puerta probamos el sistema de apertura si chocaba con algo e iba bastante duro.
        Por curiosidad la manera de abatir la puerta?? Abaten hacia arriba y hacia afuera las dos puertas tanto entrada como salida.
        Muchas gracias
        Un saludo.

  49. Buenas, les planteo la siguiente duda. La puerta del garaje de la comunidad se encuentra al nivel de la calle. Tiene una fotocelula en el exterior (en la calle) para el acceso al garaje. Tras la puerta hay una rampa de bajada que accede a las diferentes plazas. Se han producido varias incidencias, más destacadas con motocicletas, en las que al salir y subir la rampa la puerta se ha cerrado porque no hay fotocelula en el interior que detecte a ningún vehículo. ¿Es obligatorio que existiese una fotocelula al pie de la rampa para detectar un vehículo en la salida y evitar que se pudiese cerrar? Gracias y un saludo

    1. Buenas tardes Diego,

      La puerta debe contar con 1 juego de fotocélulas, da igual que sea exterior o interior; por lo que no es necesario que exista otro juego de fotocélulas a pie de rampa. El problema viene, al parecer, del uso incorrecto de la puerta, ya que las motos aprovechan la salida o entrada de algún otro vehículo para pasar. Si se esperasen, a que la puerta parase, para accionar su mando y abrir, podrían salir/entrar sin miedo a que la puerta se les cierre y golpee.

      De todas maneras, pueden contactar con la empresa que les lleva el mantenimiento y ampliar el intervalo entre la apertura y el cierre, quizás éste sea muy reducido.

      Un saludo

      Un saludo,

  50. Buenas tardes,
    Los garajes de mi casa son cabinados por puertas manuales que se levantan – La puerta de entrada a los citados garajes es corrediza/mecanizada y entra y sale de mi garaje – En el certificado de obra nueva no figura la puerta como tampoco en mi escritura de copra/venta de hace dos años de pandemia – En días lluviosos entra agua en mi garaje por el carril de la citada puerta corrediza.
    Pregunto: ¿Es legal y en caso de accidente (dentro o fuera) de mi garaje quién es el responsable?.

    Gracias.

    1. Buenas tardes
      Al entrar al garaje la puerta estaba abierta y he aprovechado para meter el coche (ahora se que no se debe hacer) Cuando lo estaba haciendo ha empezado a cerrarse, pensé que el sensor detectaría mi coche y la puerta pararía y se abriría pero no solo no ha pasado eso sino que ha seguido cerrando, chafando y rayando todo el lateral. Me he puesto nerviosa y solo podía ir hacia delante, ya que la puerta me ha atrapado y la parte donde se introduce la llave magnética para abrir estaba bastante más afuera, en la calle, y tendría que haber dado marcha atrás. Ahora se que hice mal pero me pregunto:
      1. No debería haberse abierto la puerta? Si es una persona la que pasa la hubiese lesionado.
      El sensor está dentro del garaje, ya en la rampa, por lo que no llegó a detectarme (solo si el coche hubiese estado saliendo, pero no entrando)
      2. No es algo peligroso y debería haber otro en el exterior?
      3. Me tengo que hacer cargo yo o el seguro de la comunidad arreglaría el daño al vehículo?
      Muchas gracias

  51. Bueno días:
    Parking comunitario , anterior a 2005, puerta abatible, dispone de un sólo sensor fotocélua interior del parking, al salir del mismo observo que se hallaba un vehículo mal estacionado en la puerta de acceso al parking
    mi coche ya había rebasado el sensor fotocelular interior, estando parado a unos 40 cms. de la puerta abatible.
    a continuación el hombre que estaba mal estacionado retira el vehículo y cuando voy a salir el portón del garaje me golpea la parte posterior del vehículo produciendome daños en el techo rascadas fuertes de arañazos .
    1º. la Puerta del parking en su bajada sobresale de la pared unos 40 cms.
    si hubieran instalado otro sensor fotocelular en el exterior , impedirían los accidentes como éste.
    2º yo estoy de algquiler en dicho parking y el presidencia del parking, me comenta que el seguro no cree que se haga cargo de los daños del vehíulo, salvo que la fotodelula interior hubiese fallado por rotura de catadioptricos u otra circunstancia.
    Por supuesto que le he dicho a mi compañia que reclame a la compañia de seguros los daños ocasionados.
    Tengo testigo del hecho.
    Que opinas..
    gracias

    1. Buenos días Jose Luis,

      La normativa no exige la existencia de 2 fotocélulas (interior-exterior) instaladas, aunque sí se recomienda. Si tu coche no cortaba la fotocélula, ésta no pudo detectar el vehículo y por tanto parar. La Comunidad podría haberse hecho cargo en caso de que tu coche estuviese en el rango del sensor, y la puerta no se hubiese detenido, pero tal y como indicas no parece el caso. ¿Se puede demostrar que la fotocélulas no funcionan?
      La culpa es del vehículo mal estacionado, pero creemos que la Comunidad quedará exenta de desponsabilidades.

      Un saludo y suerte.

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